La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) confía en que las modificaciones en la materia regulatoria, que permiten la apertura remota de cuentas en las casas de bolsa, sean un catalizador para incrementar el número de inversionistas, lo mismo que los fondos de inversión.
De acuerdo al presidente de la organización, la experiencia reciente ha mostrado que existe apetito de inversionistas, en su mayoría jóvenes, por acceder a cuentas de inversión de bajos montos, pero con operaciones completamente digitales, con la expectativa de obtener rendimientos atractivos.
Lo que se hizo fue homologar la regulación en materia de casas de bolsa con los bancos, con el propósito de agilizar la apertura de cuentas por la vía remota para transacciones menores.
Con lo anterior, las casas de bolsa sólo requerirán notificar a la CNBV para la contratación no presencial de sus clientes, siempre que la suma de las operaciones de los clientes no exceda las 30,000 Udis en el transcurso de un mes calendario, y apliquen mecanismos tecnológicos de identificación, grabación con imagen y sonido, y verificación de la información biométrica con los registros del Instituto Nacional Electoral (INE) o de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).
En el caso de las entidades que deseen contar con un mecanismo de contratación de manera no presencial con clientes que tengan transaccionalidad superior a las 30,000 Udis, deberán solicitar autorización de dicho mecanismo de la comisión.