Con el propósito de tener control en las operaciones con activos virtuales y prevenir el lavado de dinero, la Comisión Nacional Bancaria (CNBV) debe ser la encargada de supervisar este tipo de movimientos y no el Servicio de Administración Tributaria (SAT) como ocurre de forma actual, lo anterior de acuerdo al señalamiento de Santiago Nieto Castillo, titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
Para el funcionario la CNBV tiene la experiencia además de la tecnología necesaria para supervisar y regular esta actividad siempre y cuando el Banco de México dé el debido reconocimiento a estos instrumentos como moneda circulante. Como esto aún no sucede, de momento la responsabilidad la tiene el SAT en el respaldo a las actividades vulnerables.
La Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera obligó a que los proveedores de activos virtuales se registraran como actividad vulnerable para ser supervisados por el SAT en materia de lavado de dinero.
Para marzo de 2019, Banxico dio su postura e indicó que para el sistema financiero la tecnología utilizada en estas operaciones puede ser usada sólo de forma interna en instituciones financieras, sin trasladar riesgos al usuario final.
Por último, Nieto Castillo comentó que respeta la postura de Banxico de no reconocer a los activos virtuales como moneda circulante, pero señaló la importancia de una reforma legislativa cuyo fin sea la supervisión de este tipo de instrumentos.