Con el fin de delinear los requisitos de identificación que las sofomes deben hacer de las partes involucradas en operaciones de factoraje financiero, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitió las disposiciones correspondientes.
Según la disposición emitida por el Diario Oficial de la Federación el pasado 17 de enero: ¨Resulta necesario precisar los requisitos de identificación del deudor en las operaciones de factoraje que las sofomes celebren con sus clientes, a efecto de integrar el expediente de identificación de dicho deudor, que si bien no es cliente ni usuario de la sofom, es parte de una operación financiera en donde se involucra el uso de recursos que deben ser identificados¨.
Cabe resaltar que lo anterior flexibiliza la carga regulatoria en este sector, pues es el de más intermediarios.
Requisitos de identificación del deudor:
- Nombre completo del deudor o su denominación o razón social
- Actividad u objeto social
- Fecha de nacimiento o constitución
- RFC
- Número de serie de la firma electrónica avanzada
- Información del domicilio
- Nacionalidad
- Número de teléfono
- Correo electrónico
- Nombre completo del apoderado legal
Fuente: El Economista