26 de septiembre de 2014 / Edgar Juárez/ El Economista
Como parte de las nuevas facultades que le otorga la reforma financiera, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) ahora certificará a los auditores externos independientes, oficiales de cumplimiento y demás profesionales en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo. Lo hará no sólo con aquellos que presten sus servicios a las instituciones que supervisa, sino también a los que sean sus colaboradores.
Para ello, la Comisión ya envió a la Cofemer un proyecto de disposiciones en la materia que, entre otras cosas, establece los requisitos para que los especialistas logren la certificación, así como los detalles de evaluación y certificación.
"La certificación tiene por objeto constatar, a una fecha determinada, que las personas que realizan la verificación cuentan con los conocimientos adecuados y el comportamiento ético necesario para realizar dicha actividad, de conformidad con los más altos estándares internacionales en la materia, a fin de fomentar una mayor confianza en el sector respecto de su capacidad profesional. Ello contribuirá a fomentar la estabilidad del sistema financiero", destaca el proyecto.
El documento precisa que, previo registro y solicitud ante la CNBV, los interesados deben cubrir requisitos como: contar con al menos una licenciatura y de no ser así, experiencia de 4 años en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo; no haber sido sentenciados por delitos patrimoniales ni inhabilitados para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público o en el sistema financiera; ni tener antecedentes de suspensión, cancelación o revocación de registro para fungir como auditores externos independientes.
La CNBV aclara que se reservará el derecho de interrumpir y, en su caso, dar por terminado el proceso de certificación, si el participante se encuentra en las listas oficiales de personas vinculadas con el terrorismo u otras actividades ilegales; si falsificó o alteró información, o por cualquier otra causa que considere como grave.
El procedimiento de evaluación, puntualiza, comprenderá rubros como: el marco normativo y contexto internacional; prevención, detección y reporte de actos u operaciones relacionados con lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, y comportamiento ético.
De aprobarse la certificación, ésta deberá renovarse periódicamente, para lo cual se considerará el historial de información con que cuente la Comisión del interesado, así como aquella que pudiere obtener por cualquier medio, relativa al ejercicio de sus funciones, y la capacitación obtenida por el participante.
Para la certificación de personas morales, la CNBV explica que la empresa deberá acreditar que puede prestar servicios de prevención de lavado de dinero, así como contar con un área específica para ello y tener una metodología específica.
Finalmente, la CNBV precisa que si al momento de entrar en vigor tales disposiciones, los auditores externos independientes, oficiales de cumplimiento y demás profesionales en el tema están prestando sus servicios a algún sujeto supervisado, podrán seguir con esta labor sin la certificación, pero para las posteriores labores que realicen ya deberán tenerla.
Para leer la nota: http://eleconomista.com.mx/sistema-financiero/2014/09/26/cnbv-certificara-personal-antilavado